NEWARK – El fiscal general Gurbir S. Grewal y la División de Asuntos del Consumidor anunciaron hoy que una compañía china de software y de artículos electrónicos de consumo acordó pagar $100,000 y cambiar sus prácticas comerciales; dicha indemnización pretende resolver la investigación de la División sobre alegatos de que esta compañía violó la Ley de Protección de la Privacidad en línea de los Niños ("COPPA", por sus siglas en inglés), así como la Ley de Fraude al Consumidor de Nueva Jersey ("CFA", siglas en inglés) al recopilar información personal de los niños que descargaron sus aplicaciones para móvil.
Meitu, Inc., y su entidad filial Xiamen Meitu Technology Co., LTD., a cargo de sus operaciones en EE.UU. (denominadas colectivamente como "Meitu"), basadas en Xiamen, China, presuntamente no notificaron a los padres ni obtuvieron su consentimiento antes de recopilar la información personal de menores de 13 años de edad, quienes descargaron sus aplicaciones, incluyendo las de retoque fotográfico como "Beauty Plus", "AirBrush", y "Meitu", las cuales permiten que los usuarios embellezcan sus autofotos, o "selfies", o las conviertan en personajes de dibujos animados al estílo anime.
Como parte del acuerdo, Meitú acordó en realizar cambios a sus aplicaciones para bloquear la recopilación de datos personales de niños que se identificaron como menores de 13 años, pagar unos $100,000 por concepto de multa civil, y actualizar sus políticas y procedimientos con el fin de acatar la ley COPPA.
"Puede que los niños pequeños sean expertos en descargar aplicaciones e ingresar al Internet, pero no siempre reconocen los peligros que se esconden allí", señaló el fiscal general Grewal. "Estamos comprometidos a garantizar que las aplicaciones que los niños utilicen no expongan su información personal a anunciantes, ladrones de identidad, o a otras personas que buscan rastrearlos indebidamente por el ciberespacio".
"Este acuerdo de compensación envía un mensaje claro: no permitiremos que los desarrolladores de aplicaciones eludan las leyes diseñadas para proteger la privacidad virtual de los niños", indicó Kevin Jespersen, director interino de la División de Asuntos del Consumidor. "Como resultado de nuestra investigación, Meitu acordó en tomar medidas para acatar la ley de privacidad, y esperamos y deseamos que toda otra compañía de aplicaciones que recopile o comparta ilegalmente la información de los usuarios siga este ejemplo".
Bajo los términos de un mandato de consentimiento efectuado con la División, Meitu acordó que, en relación a cualquier sitio web o servicio en línea a su cargo que esté destinado a menores o que, con su conocimiento real, recopile, utilice, y/o divulgue información personal infantil,
- proporcionará un aviso sobre la información que recopiló de los menores, la manera en que utiliza dicha información, y las prácticas de divulgación relativas a dicha información;
- obtendrá un consentimiento verificable de los padres (según se define bajo COPPA) antes de la recopilación, uso, o divulgación de la información personal de los niños; y
- proveerá métodos razonables para que los padres revisen la información personal recopilada de un menor, en consonancia con la ley COPPA.
En relación a su sitio web en general, Meitu acordó en publicar de forma clara y conspicua una política de privacidad en sus sitios web que, entre otras cosas, revelará los métodos de recopilación de los sitios web y aplicaciones de Meitu.
"Este acuerdo de compensación envía un mensaje claro: no permitiremos que los desarrolladores de aplicaciones eludan las leyes diseñadas para proteger la privacidad virtual de los niños", indicó Kevin Jespersen, director interino de la División de Asuntos del Consumidor. "Como resultado de nuestra investigación, Meitu acordó en tomar medidas para acatar las leyes COPPA y CFA".
La ley COPPA y sus reglamentos ("La Norma de COPPA") aplica a los operadores de sitios web comerciales y de servicios en línea (incluyendo aplicaciones de móvil) dirigidos a menores de 13 años de edad, así como a los operadores de sitios web o servicios en línea para audiencias generales que tengan conocimiento real de que recopilan, usan, o divulgan información personal de menores de 13 años de edad.
La meta principal de COPPA es proporcionar un control a los padres sobre la información que se recopila en línea de sus niños pequeños, incluyendo sus nombres y apellidos, sus direcciones residenciales, sus nombres de usuario, y otra información de contacto en línea, así como números de teléfono, números de Seguro Social, fotografías, y direcciones de IP y otros identificadores persistentes que puedan utilizarse para reconocer a un usuario con el paso del tiempo, y a lo largo de distintos sitios web o servicios en línea.
Los investigadores Aziza Salikhova, Chris Spaldo, Elizabeth Perry, y Walter Kaminski de la Unidad de Fraude Cibernético de la División de Asuntos del Consumidor, llevaron a cabo esta investigación.
Los fiscales generales adjuntos Russell M. Smith, Jr., y Carla S. Pereira, del Grupo de Práctica de Cumplimiento Civil Afirmativo, que opera dentro de la División de Leyes, representaron a la División en este asunto.
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